Ante las informaciones periodísticas que señalan que los partidos políticos PP y PSOE han alcanzado un acuerdo para designar al Presidente del Consejo General del Poder Judicial, consideramos necesario dejar constancia, para su público conocimiento, que la Ley Orgánica del Poder Judicial (artículo 586) establece que son los vocales de dicho órgano quienes proponen y eligen al Presidente, de modo que nadie más está facultado para designar un cargo de tal naturaleza y responsabilidad, y menos cuando ni tan siquiera se han elegido aún a los vocales, ni se ha constituido el nuevo Consejo.
Resulta altamente preocupante que se haya tomado ya la decisión prescindiendo del procedimiento legalmente establecido, y en realidad va a suponer un lastre de inicio que perjudica más aún la imagen de la institución y constituye un golpe muy duro a la reivindicada independencia judicial, ya de por si puesta en entredicho debido a diversas decisiones polémicas. Pero, además, esta designación, a todas luces irregular, muy posiblemente va a condicionar la elección de los vocales que integrarán el nuevo Consejo en función de la aceptación o no del candidato a la Presidencia no propuesto por ellos, sino por los partidos políticos.

Barcelona, 12 de noviembre de 2018