La asociación de juezas y jueces Ágora Judicial ha tenido conocimiento de la Proposición de Ley de modificación de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal para el complemento de destino en circunstancias especiales, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, y ante lo cual quiere poner de manifiesto su oposición a la misma por las razones que a continuación se exponen:
1.- La exposición de motivos justifica la implantación de un complemento de destino para los miembros de las carreras judicial y fiscal con destino en Catalunya basándose en determinadas afirmaciones sobre la confrontación social y clima generalizado de intranquilidad que debemos negar rotundamente y que solo se pueden atribuir a una clara intencionalidad política de crear y fomentar esa opinión.
2.- Es cierto que en Catalunya, como indican los resultados electorales, parte de su población está a favor de independizarse de España mientras que otra parte no lo está, pero también es cierto que salvo escasos y aislados incidentes de diversas procedencias (que todos debemos lamentar), no existe ningún problema de orden público ni que afecte a la pacífica convivencia de la ciudadanía. Por lo que se refiere al ejercicio de la función judicial, tampoco existe un problema real de orden público o de convivencia capaz de afectar a la necesaria tranquilidad y serenidad para su desempeño.
3.- La actuación seguida hasta ahora ha sido la de judicializar un problema que es fundamentalmente político, en su origen y en su solución. Por ello y desde esta perspectiva hay que entender el sentido de determinadas manifestaciones de protesta contra aquellas resoluciones judiciales que resuelven conflictos relacionados con actuaciones políticas, debiendo tener en cuenta que en una democracia avanzada la protesta es legítima.
4.- La procedencia territorial de los miembros de la carrera judicial y fiscal y su sistema de acceso, la existencia de un derecho propio y de una lengua propia, la alta litigiosidad, el coste de la vida, etc., han sido factores que han determinado desde siempre que existan plazas vacantes en Catalunya y la movilidad a otros territorios del Estado. Esos factores de movilidad sí que podrían justificar una mejora retributiva en todos los territorios que los compartieran. Lo que no puede admitirse es que tal fin pretenda justificarse arrojando, como pretexto, el estigma de “sociedad peligrosa”.
Por todo lo anterior, queremos poner de manifiesto que el complemento de destino para los miembros de la carrera judicial por circunstancias especiales en Catalunya, asimiladas a la peligrosidad y penosidad, que contiene la Proposición de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular no obedece a una necesidad real y se sustenta únicamente en la intencionalidad política de fomentar la creencia de que en Catalunya existe un clima de confrontación y presión que dificulta el ejercicio de la función judicial.
Barcelona, 16 de julio de 2019
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